El Dictamen Pericial de Tacógrafo
Un dictamen pericial de tacógrafo es un documento técnico y legal que analiza los datos registrados por el tacógrafo digital de un vehículo.

Este informe, elaborado por un perito especializado, puede ser utilizado como prueba en un proceso judicial para demostrar, por ejemplo, el cumplimiento de las normas de conducción o la existencia de irregularidades laborales.
El dictamen pericial de tacógrafo se utiliza en una variedad de situaciones, incluyendo:
- Disputas laborales: Para reclamar horas extras, descansos no tomados, o sanciones injustas.
- Accidentes de tráfico: Para reconstruir la trayectoria del vehículo y determinar la velocidad antes del accidente.
- Sanciones administrativas: Para demostrar el cumplimiento o incumplimiento de las normas de transporte.
Proceso de elaboración de un Dictamen Pericial Tacógrafo
El proceso de elaboración de un dictamen pericial de tacógrafo incluye:
1. Descarga de datos:
El perito descarga los datos del tacógrafo digital, que incluyen información como la velocidad, el tiempo de conducción, los descansos, y la actividad del conductor.
2. Análisis de los datos:
El perito analiza los datos descargados para identificar posibles irregularidades o incumplimientos de la normativa. Con el estudio de las diferentes actividades analizadas en la tarjeta del conductor se puede reclamar el impago de:
- Horas laborales por encima de convenio.
- Pluses de festivos, horas nocturnas, horas de disponibilidad, dietas etc
3. Elaboración del informe pericial:
El perito redacta un informe detallado, donde se explica la metodología utilizada, los resultados del análisis, y las conclusiones a las que se ha llegado.
Características de un Dictamen Pericial de Tacógrafo
Aunque no hay un modelo predefinido, un dictamen pericial debe reunir las siguientes características:
- Ser objetivo (algo inherente al propio especialista en peritaje), sobre los datos extraídos.
- Ser preciso y conciso, y también persuasivo.
- Evitar imprecisiones y ambigüedades, así como afirmaciones rotundas y categóricas.
- Ceñirse exactamente al análisis de los datos de tacógrafo, y de la normativa que se pregunta.
- Estructurar la explicación y el contenido en orden lógico.
- Es conveniente adjuntar material fotográfico (debidamente numerado y titulado) y toda la documentación disponible.
partes de un dictamen Pericial de Tacógrafo
Un dictamen pericial suele constar de las siguientes partes:
- Cubierta o portada. Deben figurar los datos suficientes para identificar el dictamen, al perito autor del mismo y el asunto, sin necesidad de abrirlo.
- Objetivo de la pericia. Tema sobre el que trata el dictamen y por qué es necesario dicho documento.
- Antecedentes. Hechos previos al objeto de la pericia y estado actual en que se encuentra, todo de forma esquemática y en orden cronológico.
- Análisis técnico. Metodología y procedimiento seguidos, instrumental empleado, pruebas, exámenes y reconocimientos practicados, etc. Se evitarán las afirmaciones subjetivas y que no se puedan demostrar, ya que restarían credibilidad al informe.
- Conclusiones. Donde se demuestre la relación de causalidad.
- Anexos. Toda la documentación (informes y pruebas de los datos encriptados, fotografías, atestado si lo hubiera) con el que se respalde la conclusión.
- Firma y visado Pericial.
Diferencias entre dictamen pericial e informe pericial
Está muy extendida la confusión entre informe pericial y dictamen pericial. Aunque a menudo se utilicen ambos términos como sinónimos, en realidad no lo son. Hay un matiz muy importante que los diferencia: mientras que el informe pericial es totalmente neutro y objetivo (el perito se limita a exponer y argumentar, pero sin emitir su valoración profesional), el dictamen pericial, por el contrario, incluye la opinión del experto que ha elaborado el informe. Incluso puede contener un anexo con recomendaciones sobre acciones a tomar para solucionar los posibles daños detectados.
Dependiendo de cada caso, al perito judicial se le puede solicitar un informe o un dictamen. El demandante o el juez, según quién proceda, valorará si es necesario o no contar con la opinión del experto o si basta con un informe. De la misma manera, el perito, basándose en su experiencia en el ámbito judicial, puede aconsejar que conste su opinión o no en el informe de cara a obtener el mejor resultado.
Sea como fuere, esta opinión no puede ser bajo ningún concepto subjetiva y arbitraria, sino que debe estar debidamente fundamentada en los hechos y pruebas expuestas en el informe, así como en los conocimientos profesionales del perito.
En cuanto a su redacción y estructura, el informe y el dictamen pericial son idénticos, con la salvedad de que el dictamen incluirá un apartado con la opinión del perito.


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